FINANCIACIÓN BANCARIA COMERCIAL Y A LARGO PLAZO

Es la manera más corriente de conseguir financiación para nuestras compras o nuestros proyectos. Las entidades bancarias son organizaciones que tienen como función reunir recursos (dinero) de personas, empresas u otro tipo de organizaciones, y con estos recursos dar créditos a aquellos que los soliciten.

La financiación bancaria comercial es un recurso a corto plazo en forma de créditos y préstamos a menos de un año, líneas de crédito y descuento comercial y una serie larga de productos que es posible de encontrar en cualquier entidad bancaria.

Del mismo modo, las entidades financieras y bancarias son fuente de recursos a largo plazo para la empresa en forma de préstamos a más de un año para la financiación de inversiones.


SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA

Son entidades financieras no bancarias sin ánimo de lucro cuyo principal objetivo consiste en facilitar y mejorar el acceso a la financiación de las pymes (pequeñas y medianas empresas), los autónomos y profesionales, mediante la concesión de garantía. Estas sociedades están sujetas al control, supervisión e inspección del Banco de España.

Son sociedades que conceden avales (avalistas de operaciones) a las pymes para que puedan acceder a la financiación bancaria, pero que por sí solas no ejercen como prestadoras, sino sólo como analistas de operaciones.

Para poder operar con una de estas sociedades, hay que ser empresario, contar con un proyecto empresarial viable y adquirir la condición de socio partícipe mediante la suscripción de la cuota social correspondiente.

Para poder obtener el aval de estas sociedades hay que aportar alrededor del 20%, como mínimo, del capital total del proyecto de creación de empresa (nuevas empresas).

Estas sociedades se reúnen periódicamente en comité para analizar los proyectos presentados mediante un estudio minucioso de los mismos. Una vez aprueban un proyecto, mantienen tanto sus condiciones como el tipo de interés, igual para todos los solicitantes.

 

OTROS RECURSOS DE FINANCIACIÓN

ICO (Instituto de Crédito Oficial)

El ICO es una entidad pública empresarial encargada de la gestión de la salida y la entrada de dinero por cuenta del Estado español, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda a través de la Secretaría de Estado de Economía y enconsideración de la Agencia Financiera del Estado.

El ICO trabaja por el crecimiento y la mejora de la distribución de la riqueza estatal y fomenta aquellas actividades económicas que, por su trascendencia social, cultural, innovadora o ecológica, merezcan una atención preferente. Apoya los proyectos de inversión de las empresas españolas para que sean más competitivas y contribuyan al progreso económico del Estado.


Financiación del ICO

La financiación del ICO se dirige a impulsar sectores como la industria cinematográfica, el transporte, favorecer los proyectos de innovación tecnológica, las energías renovables, ya potenciar la presencia de las empresas españolas en el exterior.

También colabora con los programas de política económica, en situaciones de crisis o catástrofes naturales, dando apoyo a la exportación o para facilitar créditos a personas fuera de los canales habituales de financiación mediante la línea de Microcréditos.

El objetivo de este Instituto de Crédito es favorecer el crecimiento económico compatible con una mejor cohesión social y territorial.

La manera de acceder a las diferentes líneas de financiación del ICO es a través de las entidades bancarias y cajas distribuidas en todo el Estado con las que tiene suscritos acuerdos de colaboración.

Estas entidades son las encargadas de analizar el proyecto y aprobar la concesión de préstamos, siempre que el proyecto sea viable.

Las líneas de financiación del ICO están destinadas a:

• emprendedores

• autónomos

• pequeñas y medianas empresas (pyme)

• fomento de las inversiones en sectores estratégicos

• internacionalización de empresas españolas

• incorporación de la innovación tecnológica en los procesos productivos

• fomento de sectores específicos: cine, textil, etc.


Características:

• Préstamos con largos plazos de amortización, tipo de interés preferencial y tramitación sencilla.

• Financiación máxima: 1,5 millones de euros.

Nota: La mayoría de las líneas de financiación del ICO son renovadas periódicamente, y la finalidad de estas viene marcada por fechas de plazo o agotamiento de recursos.


ISBA EMPRENDEDORES

ISBA es una sociedad de garantía recíproca (SGR) que concede avales ante entidades financieras, siempre que los proyectos presentados sean viables y se disponga de un mínimo del 20%, aproximadamente, del capital total de la inversión.

Línea de avales para emprendedores de la Cámara de Comercio de Mallorca y ISBA SGR

El objetivo de esta línea es avalar préstamos que tengan por objetivo financiar lasinversiones en activos fijos para las empresas de nueva creación en el ámbito territorial de Mallorca.

El límite máximo por operación es de 60.000 € con un plazo de 6 años.


Condiciones de la línea

Entidad financiera:

• Tipo de interés: EURIBOR + 0,5% (consultar la a ISBA SGR).

• Gastos de apertura: 0,5%.

• Comisión de cancelación anticipada (total o parcial): 0%.

ISBA SGR:

• Retención de capital: 2% (a devolver a la cancelación de la operación).

• Comisión de aval: 1%.

• Gastos de estudio: 0,5%

Nota: Todas estas condiciones pueden ser renovadas o modificadas por ISBA.Para más información consulte las condiciones actuales en la oficina más cercana.


CAPITALIZACIÓN O PAGO ÚNICO DE LA PRESTACIÓN DE PARO

Pago único es una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia, oa incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales en funcionamiento o de nueva creación.

¿Qué requisitos deben cumplir?

• Estar desempleado, lo que supone que en el momento de presentar la solicitud de pago único no se debe haber iniciado la actividad para la que se solicita el derecho ni se debe figurar de alta en la Seguridad Social para el ejercicio de aquélla.

• Ser perceptor de una prestación por desempleo de nivel contributivo por haber cesado de forma definitiva en la relación laboral.

• Tener al menos tres meses de prestación pendientes de percibir.

• No haber obtenido el reconocimiento de un pago único en los cuatro años anteriores a la fecha de solicitud del derecho.

• Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho y, en todo caso, en una fecha posterior a la solicitud.

• Que la actividad profesional para el inicio de la que se solicita el pago único sea o bien el inicio de una actividad como trabajador autónomo o por cuenta propia, o bien la constitución de una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal), o bien la incorporación a una cooperativa o sociedad laboral en calidad de socio trabajador o de trabajador estable (no temporal), siempre que previamente no hayan prestado servicios enesta entidad como trabajador por cuenta ajena o mediante una relación societaria temporal, durante un período que supere los 24 meses.

Para más información referente a la capitalización o pago único de la prestación por desempleo, llame al número de teléfono 901 11 99 99 o id a la oficina del INEM que le corresponda.

 

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